TODO LO QUE DEBES CONOCER ACERCA DE LA SEGURIDAD EN EL DEPORTE
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Las tragedias que cambian las medidas de seguridad

Las tragedias que cambian las medidas de seguridad

Fue necesaria la catástrofe del 11 de junio de 1955 en Le Mans para que se produjeran importantes cambios en las medidas de seguridad (se construyó una nueva tribuna, se redujo el ángulo de la curva previo a la tribuna, se aumentaron las distancias de seguridad entre corredores y espectadores, se pusieron vallas de protección, se dotó al circuito de un hospital…).

El jueves 03 de mayo de 2015 durante el desarrollo de un encuentro de fútbol, D. Emanuel Ortega, ingresó en estado muy grave (traumatismo craneoencefálico) en el Sanatorio de la Trinidad Mitre, tras impactar contra un muro de hormigón situado a unos 2 metros de distancia de la línea de banda. 11 días más tarde, el futbolista de 21 años de edad fallecía a consecuencia de los daños sufridos.

Una vez más, ha sido necesaria otra desgracia para que desde las instituciones correspondientes Asociación de Fútbol Argentino (AFA) hayan decidido implementar nuevas medidas de seguridad con el fin de evitar accidentes similares.

Este accidente guarda muchas similitudes con otro ocurrido en el Polideportivo Municipal de la Playa del Inglés de Valle Gran Rey de la Isla de Gomera, en el que durante un partido amistoso de fútbol sala, un jugador perdió el equilibrio, se cayó e impactó con la cabeza contra un muro de 75 cm de altura que rodeaba la pista, y cuyas distancias entre la pista y el muro eran de 1,55 m en las bandas y 2,70 m en el fondo.

Anteriormente se habían producido varios accidentes similares, aunque de menor gravedad, y, al igual que en el caso que nos ocupa, con posterioridad al accidente, el Ayuntamiento protegió el muro para evitar percances similares.

Al final, según la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia (STSJ) de las Islas Canarias, Santa Cruz de Tenerife (Sala de lo contencioso administrativo Sección 1ª) 12.4.2005 (JUR 2005, 105179), se consideró al Ayuntamiento responsable por no mantener sus instalaciones en las mejores condiciones posibles así como no haber protegido los elementos constructivos con el fin evitar o reducir los riesgos que pudieran generar daños a los usuarios del Polideportivo Municipal, condenando al mismo a indemnizar con 80.000.000 ptas. a la víctima.

La defectuosa conservación de las instalaciones o materiales, la falta de previsión de las condiciones de seguridad los usuarios de las actividades físico deportivas…son casos susceptibles de generar responsabilidad.

Debido a la complejidad de la legislación aplicable, así como su variedad en la doctrina jurisprudencial a la hora de apreciar la responsabilidad civil, es de suma importancia no solo valorar los diferentes riesgos que pueden producirse, sino también tener previstas todas las posibles actuaciones tendentes no solo a evitarlos sino a aminorarlos, con el fin de no incurrir en dicha responsabilidad.

¿Son seguros los campos del fútbol España?

A lo largo de la geografía española existen multitud de instalaciones deportivas (campos de fútbol sala, fútbol 11…) con elementos constructivos (muros, cerramientos…) que pueden producir accidentes similares, como podemos ver en la noticia publicada en “La Voz de Galicia” en la que un juvenil entra en coma tras golpearse contra una valla“.

¿Qué nos dice la normativa?

REGLAMENTO GENERAL de la Real Federación Española de Fútbol

  • Art. 203. 2 c) “Separación entre el terreno de juego y el público mediante vallas u otros elementos homologados por la RFEF. Tales elementos deberán ser fijos o de fábrica, sin que se acepten instalaciones portátiles o provisionales.”
  • Art. 203. 4 “Se excluye la obligatoriedad de la instalación de los elementos de separación que prevé el apartado 2, letra c), cuando se trate de clubs de Tercera División, de los adscritos a competiciones nacionales juveniles y de los de fútbol femenino”.

En ningún momento se especifica nada en relación a las distancias que debieran existir entre los límites del campo y los elementos de separación con el público.

Normas NIDE

Bandas exteriores y de seguridad en Fútbol 11

Para facilitar el desarrollo y la seguridad del juego por parte de jugadores y la visión de los espectadores, alrededor del campo de juego habrá un espacio libre de obstáculos como mínimo de 1,50 m de anchura al exterior de las líneas de banda y de las líneas de meta, con el mismo tipo de suelo que el terreno de juego. Es recomendable que el espacio libre tras las líneas de meta sea de 2,50 m

En terrenos de juego donde se vayan a celebrar partidos de alto nivel deportivo, es conveniente que, además de las bandas exteriores antes indicadas, exista un espacio libre hasta la valla ó elemento de separación de los espectadores, con unas dimensiones totales recomendadas (banda exterior más espacio libre) de 6 m al exterior de cada línea de banda y de 7,50 m al exterior de cada línea de meta y con unas dimensiones totales mínimas (banda exterior más espacio libre) de 3,50 m al exterior de cada

línea de banda y de 5,50 m al exterior de cada línea de meta.

Según las necesidades que se prevean es posible disponer también alrededor del campo un corredor de servicio pavimentado sin menoscabo de la visibilidad de los espectadores.

Según los niveles de las competiciones que se celebrarán sobre el campo de juego se recomiendan las siguientes bandas exteriores:

Bandas exteriores y seguridad en Fútbol 7

Para facilitar el desarrollo del juego y la seguridad por parte de jugadores, alrededor del campo de juego habrá un espacio libre de obstáculos de 1,5 m de anchura como mínimo, al exterior de las líneas de banda y al exterior de las líneas de meta, con el mismo tipo de suelo que el terreno de juego. Es recomendable que el espacio libre tras las líneas de meta sea de 2,5 m de anchura.

Las normas NIDE no son de obligado cumplimiento, simplemente son recomendaciones, por lo que podemos afirmar que existe un vacío legal.

Está claro que la seguridad total no existe, pero a raíz de sucesos como este, es cuando todos los grupos de interés (titulares, gestores, organizadores, profesores, arquitectos…) deberían de plantearse si sus instalaciones deportivas son seguras para los usuarios que desarrollan las diferentes actividades deportivas.

Está claro que existe el riesgo de que los usuarios de los campos de fútbol, puedan sufrir daños por impacto debido a deficiencias o carencias de seguridad del terreno de juego con resultado de lesiones o pérdida de vida.

Pero, ¿qué podemos hacer para prevenir casos como este?

Como mínimo se debe de aplicar el sentido común protegiendo los muros y las vallas de separación del terreno de juego con el público como podemos ver en las siguientes imágenes.

E incluso si queremos ir un poco más allá utilizar porterías de seguridad frente a impactos…

También se puede solicitar la realización de un informe de seguridad de cada unidad deportiva (en este caso el campo de fútbol), centrado en la protección de las personas que desarrollen la actividad deportiva (jugadores aficionados, deportistas federados…). Todos ellos serán objeto de protección de los riesgos propios de la actividad, como consecuencia de la actividad o externos de la misma y que puedan ocasionar enfermedad, lesiones o pérdida de vida, con el fin de establecer las medidas (organizativas, físicas y/o de recursos humanos) que reduzcan el nivel de riesgo.

Dicho informe se redactará con la mayor objetividad posible y utilizando los parámetros científicos, legales y doctrinales que tengan relación con el deporte objeto del mismo.

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